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Q:  ¿Qué es el Programa de condición de refugiado y de permiso de entrada condicional para menores centroamericanos (Programa CAM)?

El Programa de condición de refugiado y de permiso de entrada condicional para menores centroamericanos (Programa CAM) se estableció en 2014 para ofrecerles a ciertos menores en El Salvador, Guatemala y Honduras la oportunidad de que se los considerara para su reasentamiento en los Estados Unidos en condición de refugiados. Los menores que se determinó que no reunían los requisitos para obtener la condición de refugiados pasaron a ser considerados, por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS), para recibir permiso de entrada condicional a los Estados Unidos. En agosto de 2017, el USCIS anunció que se iba a dar por terminado el programa de permiso de entrada condicional para menores centroamericanos. En noviembre de 2017, el Departamento de Estado dejó de aceptar solicitudes nuevas para el programa de condición de refugiado para menores centroamericanos, y el USCIS dejó de realizar entrevistas relacionadas con casos de ese programa en enero de 2018. Para ver más información sobre la historia y los requisitos del programa, visite esta página web. 

Q:  Me enteré de que se reanudará el Programa CAM, ¿es cierto eso? 

Sí. En el marco de su reciente Orden ejecutiva sobre la creación de un amplio marco regional para abordar las causas de la migración (en inglés), el presidente Biden encomendó al Departamento de Estado y al Departamento de Seguridad Nacional que examinen los mecanismos para identificar a personas en el Triángulo Norte que reúnan los requisitos para su reasentamiento en los Estados Unidos en condición de refugiados y para tramitar sus casos. Como parte de ese examen, los departamentos reanudarán el Programa CAM con el fin de ofrecer un mecanismo legal de reunificación familiar para personas que reúnen los requisitos.   

Q:  ¿Cómo se reanudará el programa?

La reanudación se realizará en dos fases: dado que había solicitudes y casos pendientes que se cerraron cuando el Programa CAM se dio por terminado en enero de 2018, durante la primera fase se reabrirán esas solicitudes y esos casos pendientes si el solicitante aun reúne los requisitos y tanto el solicitante como el familiar que reúne los requisitos siguen interesados en el programa. Durante la segunda fase se permitirá la presentación de solicitudes nuevas.  

Q:  Yo presenté una solicitud parami hijo en 2016 o 2017 y recibí una carta que decía que mi caso se había cerrado. ¿Se puede reabrir?

Si usted presentó un formulario DS-7699 Affidavit of Relationship (declaración jurada de parentesco) en una agencia de reasentamiento en los Estados Unidos y su caso se cerró antes de que a su hijo se le otorgara una entrevista de condición de refugiado, es posible que usted reúna los requisitos para que se reabra su caso.  

Q:  ¿Cómo puedo saber si reúno los requisitos para que se reabra mi caso?

Durante la fase uno, las agencias de reasentamiento situadas en los Estados Unidos que aceptaron las solicitudes originales contactarán con las familias en los Estados Unidos cuyos casos pueden reabrirse para iniciar la reapertura de sus casos. Si la información de contacto que usted brindó a la agencia de reasentamiento cuando presentó su solicitud ya no es la misma, usted debería proporcionarle su información de contacto actualizada a la agencia de reasentamiento.  

Q:  ¿Qué sucede si la agencia de reasentamiento donde presenté mi solicitudcerró, o si no sé cómo contactar con la agencia?    

Si esa agencia de reasentamiento cerró, su caso se transfirió a otra oficina de la agencia, y esa oficina lo contactará.   

Q:  ¿Cuándo comenzarán estas fases?

El Departamento ya empezó la fase uno, está trabajando para identificar casos y brindará información a partir de marzo de 2021. La segunda fase, en la que se aceptarán solicitudes nuevas, comenzará en el tercer trimestre de 2021. Más adelante se brindará más información en esta página.  

Q:  ¿Qué sucederá después de que se reabra mi caso?  

Después de que se reabra su caso, el Departamento remitirá su formulario de solicitud original al Centro de apoyo para el reasentamiento (RSC) en América Latina, que está atendido por personal de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), y que tiene oficinas en El Salvador, Guatemala y Honduras. Ese centro contactará con su hijo que reúne los requisitos y/o con un familiar o familiares, para continuar los trámites. Funcionarios del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) entrevistarán a los familiares que reúnan los requisitos para decidir a quién se admitirá como refugiado en los Estados Unidos. A quienes reciban la condición de refugiado se les realizará un examen médico y una averiguación de antecedentes y se les brindará orientación cultural, y el RSC ayudará con las gestiones de viaje a la ciudad de los Estados Unidos en la que reside el progenitor que reúne los requisitos. A quienes se les deniegue la condición de refugiado se los considerará para recibir permiso de entrada condicional. Quienes reciban autorización para recibir permiso de entrada condicional deben coordinar sus gestiones de viaje con la OIM y tendrán que pagar los gastos del examen médico y del viaje. 

Q:  ¿Cuánto tiempo lleva tramitar la solicitud?

Como promedio, el trámite de reasentamiento para refugiados puede llevar entre 6 y 12 meses. No obstante, por las dificultades derivadas de la pandemia global de COVID-19, los plazos de tramitación pueden ser más prolongados.   

Q:  Ahora soy ciudadano estadounidense. ¿Aun así puedo solicitar que se reabra mi caso? 

No. Si usted se convirtió en ciudadano estadounidense, es decir, se naturalizó, después de haber presentado el formulario Affidavit of Relationship (declaración jurada de parentesco) para el Programa CAM, puede solicitar a ciertos familiares presentando el formulario de petición I-130 al USCISAquí encontrará más información. 

Q:  Mi solicitud de asilo fue aprobada. ¿Aun así puedo solicitar que se reabra mi caso?  

No. Si se le concedió asilo en los últimos dos años, usted reúne los requisitos para solicitar que su cónyuge y sus hijos no casados vengan a los Estados Unidos presentando el Formulario I-730, Petición de Familiar Refugiado/Asilado. Si se le otorgó asilo y se reajustó su condición a Residente Legal Permanente (es decir, tiene “tarjeta verde”), usted puede solicitar que se reabra su caso, pero como residente legal permanente es posible que tenga otras opciones para solicitar una visa de inmigrante para su hijo.  

Q:  Mi hijo ya se encuentra en los Estados Unidos. ¿Puede tramitarse su solicitud de refugiado allí?

No. Las decisiones relacionadas con la condición de refugiado se toman fuera de los Estados Unidos. Todos los trámites relacionados con el Programa CAM, incluidas las entrevistas, se realizan fuera de los Estados Unidos.  

Q:  ¿Cómo decide el gobierno si mi hijo reúne los requisitospara obtener la condición de refugiado? 

Conforme a las leyes de los Estados Unidos, se puede considerar para su admisión al país en condición de refugiado a toda persona que:  

  • se encuentra fuera de los Estados Unidos; 
  • es de interés humanitario especial para los Estados Unidos; 
  • demuestra que fue perseguido o tiene miedo de serlo por motivos de raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un determinado grupo social; 
  • no se ha reasentado firmemente en otro país; y  
  • es admisible a los Estados Unidos. 

Un refugiado no es ninguna persona que haya ordenado, provocado, asistido o de algún otro modo participado en la persecución de cualquier persona por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social u opinión política.  

Para conocer la definición legal de refugiado, remítase a la sección 101(a)(42)(en inglés) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA).  

Si una persona reúne los requisitos para obtener la condición de refugiado, o no los reúne, se decide por medio de una entrevista personal con un funcionario del DHS especialmente capacitado en el tema.  

Q:  ¿Qué sucede si el funcionario decide que mi hijo noreúne los requisitos para obtener la condición de refugiado? 

Los solicitantes que reciben acceso al programa pero que se decide que no reúnen los requisitos para obtener la condición de refugiado serán considerados por el USCIS, en función de cada caso, para recibir permiso de entrada condicional a los Estados Unidos.  

Q:  ¿Qué sucede si a mi hijo se lo apruebaprovisionalmente para un permiso de entrada condicional? 

Los solicitantes aprobados provisionalmente para un permiso de entrada condicional deben someterse a un examen médico, a sus expensas, que programará la OIM. También tienen que coordinar las gestiones de viaje, a sus expensas, con la OIM.  

Q:  ¿Qué diferencia hay entre la condición de refugiado y el permiso de entrada condicional?

Los refugiados pueden permanecer en los Estados Unidos indefinidamente.  Después de un año, tienen que reajustar su condición a Residente Legal Permanente y finalmente pueden solicitar la ciudadanía estadounidense si así lo desean.  

El permiso de entrada condicional autoriza a una persona, que puede ser inadmisible o de otro modo no reunir los requisitos para obtener una visa o la condición de refugiado u otra condición de inmigrante, a venir a los Estados Unidos y permanecer en el país por motivos humanitarios urgentes o en aras de un beneficio público considerable. Las personas que tienen permiso de entrada condicional están presentes de forma legal en los Estados Unidos temporalmente y pueden solicitar autorización de empleo. Aunque el beneficiario del permiso de entrada condicional esté presente de forma legal en los Estados Unidos durante el período autorizado, ese permiso es en esencia temporal y no otorga condición de inmigrante legal en los Estados Unidos ni conduce a la misma. El permiso de entrada condicional se otorga durante un período de tiempo determinado. Todo beneficiario de un permiso de entrada condicional puede solicitar un período adicional (lo que también se conoce como “prórroga del permiso de entrada condicional) en el futuro. 

Antes de viajar a los Estados Unidos, los refugiados tienen derecho a solicitar un préstamo de viaje, pero los beneficiarios de un permiso de entrada condicional tienen que pagar su vuelo a los Estados Unidos. Además, aquellos que reciben condición de refugiado recibirán asistencia para su reasentamiento una vez que lleguen a los Estados Unidos. Quienes reciben un permiso de entrada condicional por lo general no tienen derecho a recibir asistencia para su reasentamiento en los Estados Unidos.     

Q:  ¿Cuáles son los beneficios migratorios de la condición de refugiado y del permiso de entrada condicional?

Los refugiados deben solicitar el reajuste de su condición a Residente Legal Permanente después de un año y pueden solicitar la ciudadanía después de cinco añosEl permiso de entrada condicional es temporal y no confiere ninguna condición de inmigrante permanente ni es vía para recibir una condición permanente. Quienes reciben un permiso de entrada condicional conforme a este programa normalmente reciben autorización por un período inicial de dos años, después de los cuales pueden solicitar una prórroga de su permiso.   

Requisito de pruebas de ADN y costos 

Q:  ¿Quién está obligado a proporcionar muestras de ADN para acogerse al Programa CAM? 

El Departamento de Estado requiere pruebas de ADN para el progenitor presente en los Estados Unidos que reúne los requisitos y para cada uno de sus hijos biológicos enumerados en el formulario DS-7699 Affidavit of Relationship (declaración jurada de parentesco). También se exigen pruebas de ADN a todos los familiares que se acogen al Programa CAM mediante un menor que reúne los requisitos.  

Se realizan pruebas de ADN para verificar el parentesco entre el progenitor que reúne los requisitos que se encuentra en los Estados Unidos y sus hijos biológicos, tanto el hijo menor de edad que no está casado como los hijos que están casados y/o tienen 21 años de edad o más. También se realizan pruebas de ADN para verificar el parentesco entre el progenitor biológico que se encuentra en el país de origen y el menor que reúne los requisitos, si el progenitor no está casado legalmente con el progenitor que reúne los requisitos que se encuentra en los Estados Unidos. También se realizan pruebas de ADN para verificar el parentesco entre el cuidador y el progenitor que reúne los requisitos que se encuentra en los Estados Unidos o el progenitor que se encuentra en el país de origen si el parentesco se puede comprobar mediante ADN (es decir, abuelo(a) biológico(a) del menor que reúne los requisitos).  

Q:  ¿Por qué se requieren pruebas de ADN para acogerse al programa?

Con miras a garantizar que el Programa CAM reúna a familias verdaderas, es obligatorio realizar pruebas de ADN para verificar que los parentescos declarados en el formulario DS-7699 Affidavit of Relationship (declaración jurada de parentesco) son biológicos.    

Q:  ¿Son obligatorias las pruebas de ADN si los hijos son adoptivos?  

Los hijos adoptados legalmente pueden incluirse en el formulario DS-7699 Affidavit of Relationship (declaración jurada de parentesco), y no es necesario realizar pruebas de ADN. 

Los progenitores deberían indicar en ese formulario si el hijo es adoptivo.   También deberían explicar la relación de parentesco que tienen con todo hijo no biológico de forma detallada en la sección de comentarios. En el caso de hijos adoptivos, el progenitor debería indicar cuándo fue adoptado legalmente el menor, suministrar documentación legal de la adopción e indicar cuánto tiempo vivió el menor con el progenitor. 

Q:  ¿Quién paga los costos de las pruebas de ADN? 

El progenitor que reúne los requisitos que se encuentra en los Estados Unidos y que presentó el formulario DS-7699 tiene que pagar el costo de la prueba de ADN correspondiente a cada uno de los parentescos biológicos que alega. El Departamento de Estado reembolsará los costos de las pruebas de ADN si estas corroboran todas las relaciones biológicas que se alegan. El reembolso solo cubrirá los costos de las pruebas iniciales de ADN requeridas por el Departamento de Estado para acogerse al Programa CAM. El Gobierno de los Estados Unidos no reembolsará el costo de las pruebas de ADN que se realicen para fundamentar una Petición de Revisión de una denegación por parte del USCIS, aun si las pruebas de ADN comprueban todos los parentescos.    

Q:  ¿Se reembolsará al progenitor que reúne los requisitos el costo de las pruebas de ADN si estas son positivas para todos sus hijos biológicos, pero si más adelante el USCIS (DHS) deniega su caso? 

Sí.   

Q:  ¿Qué ocurre si el progenitor que reúne los requisitos no puede pagar el costo de los kits de las pruebas de ADN para toda su familia? ¿Se pueden ir presentando poco a poco? ¿Puede el laboratorio enviar los kits por separado?

Todos los kits de las pruebas de ADN se deben comprar juntos, y cada solicitante que tenga que proporcionar una muestra de ADN debería estar preparado para hacerse la prueba al mismo tiempo. Usted recibirá una carta de la agencia de reasentamiento donde rellenó el formulario que le informará cuándo debe iniciar las pruebas de ADN.  

Q:  ¿Serán las pruebas de ADN obligatorias para todos los progenitorestodos los menores que reúnen los requisitos o serán aleatorias? 

Las pruebas de ADN son obligatorias para todos los hijos biológicos que alega tener el progenitor que reúne los requisitos.    

Q:  ¿Son las pruebas de ADN necesarias solo para ciertas nacionalidades?

No, las pruebas de ADN son obligatorias para todas las personas de cualquier nacionalidad que deseen acogerse al Programa CAM.  

Q:  ¿Qué laboratorios en los Estados Unidos y en otros países están autorizados a realizar las pruebas de ADN? 

Cualquier laboratorio acreditado por AABB. Hay una lista de laboratorios acreditados en el sitio web de AABB:  http://www.aabb.org/SA/FACILITIES/Pages/RTestAccrFac.aspx   

Q:  ¿Cuál es la validez de los resultados de las pruebas de ADN? 

Es indefinida.  

Q:  ¿Quién recibe la notificación de los resultados de las pruebas de ADN? 

El laboratorio enviará los resultados de las pruebas de ADN directamente al progenitor que reúne los requisitos. También se enviará una copia de los resultados al Departamento de Estado para que se siga tramitando el caso.  

U.S. Department of State

The Lessons of 1989: Freedom and Our Future