An official website of the United States Government Here's how you know

Official websites use .gov

A .gov website belongs to an official government organization in the United States.

Secure .gov websites use HTTPS

A lock ( ) or https:// means you’ve safely connected to the .gov website. Share sensitive information only on official, secure websites.

Departamento del Tesoro de EE. UU.
19 de agosto de 2021
Comunicado de prensa

WASHINGTON – En el día de hoy, la Oficina de Control de Activos Extranjeros (Office of Foreign Assets Control, OFAC) del Departamento del Tesoro de EE. UU. sancionó a tres ciudadanos cubanos conforme al Decreto Ejecutivo (Executive Order, E.O.) 13818, que amplía e implementa la Ley Global Magnitsky sobre Responsabilidad de Derechos Humanos (Global Magnitsky Human Rights Accountability Act) y esta dirigida a los autores de graves violaciones de derechos humanos y hechos de corrupción en todo el mundo. Esta es la cuarta ronda de sanciones desde que se iniciaron las protestas en Cuba el 11 de julio de 2021. El Tesoro sigue adoptando medidas contra personas en relación con acciones orientadas a reprimir las protestas pacíficas por la democracia en Cuba. Los destinatarios de las designaciones dispuestas hoy son Roberto Legra Sotolongo (Legra) y Andrés Laureano González Brito (González) del Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Cuba (MINFAR), y Abelardo Jiménez González (Jiménez) del Ministerio del Interior de Cuba (MININT).

“El Departamento del Tesoro seguirá responsabilizando a quienes posibiliten que el gobierno cubano perpetúe las violaciones de derechos humanos”, expresó la directora de la Oficina de Control de Activos Extranjeros, Andrea M. Gacki. “Lo dispuesto hoy pone al descubierto a otros actores responsables de reprimir los reclamos de libertad y respeto de los derechos humanos que expresa el pueblo cubano”.

SANCIONES SOBRE CUBA

Además de las sanciones que se impusieron hoy en el marco del programa Magnitsky Global, la OFAC sigue aplicando el programa de sanciones sobre Cuba. La OFAC administra un embargo económico sobre Cuba que prohíbe que las personas sujetas a la jurisdicción estadounidense realicen transacciones con bienes en los cuales tengan participación Cuba o algún ciudadano cubano. Se prevén excepciones y licencias al embargo para asegurar que se permitan determinadas categorías de actividades que benefician en forma directa al pueblo cubano, incluidas aquellas que tienen fines humanitarios. Asimismo, las Reglamentaciones sobre Control de Activos Cubanos (Cuban Assets Control Regulations, CACR), en su disposición 31 C.F.R. parte 515, establecen que quedan bloqueados todos los bienes y participaciones en bienes de todos los ciudadanos cubanos (a menos que sean desbloqueados conforme a la disposición 31 C.F.R. 515.505), con independencia de si figuran en la Lista de Ciudadanos Especialmente Designados y Personas Bloqueadas (Lista SDN) del Departamento del Tesoro. El Departamento del Tesoro seguirá aplicando estas prohibiciones en forma congruente con las leyes y reglamentaciones relevantes.

REPRESIÓN VIOLENTA DE MANIFESTANTES EN CUBA

Desde el comienzo de las protestas de julio de 2021 en Cuba, el régimen cubano ha usado a las fuerzas de seguridad para reprimir a manifestantes pacíficos. Legra es subjefe del Estado Mayor y jefe de la Dirección de Operaciones de las Fuerzas Armadas Revolucionarias (FAR), dentro del ámbito del MINFAR, que movilizaron a Tropas de Prevención (TDP), una unidad de policía militar, en respuesta a las manifestaciones. Las TDP fueron designadas previamente por la OFAC conforme al Decreto Ejecutivo 13818 por encontrarse bajo la titularidad o el control de Álvaro López Miera, ministro de las FAR, o por haber actuado o procurado actuar en representación de este, de manera directa o indirecta. González es jefe del Ejército Central, que también depende del MINFAR.

Jiménez es jefe de la Dirección de Establecimientos Penitenciarios, dependiente del MININT; en este cargo, es responsable del trato y disposición de las personas encarceladas en Cuba. Las fuerzas de seguridad cubanas han detenido a más de 800 personas en respuesta a las protestas, muchas de las cuales se encuentran en ‘“encarcelamiento preventivo”, y aún se desconoce el paradero de varias. Una vez encarceladas, las autoridades cubanas juzgan a muchas de estas personas en juicios sumarios, con procedimientos simplificados en los que, a menudo, no se les da la posibilidad de contratar a un abogado defensor. Decenas de personas ya han recibido penas de hasta un año de cárcel o tareas correctivas como resultado de juicios sumarios.

Legra González fueron sancionados conforme al Decreto Ejecutivo 13818 por su carácter de personas extranjeras que son líderes o funcionarias de una entidad, incluidas entidades gubernamentales, que por sí o a través de sus miembros ha participado en graves violaciones de derechos humanos relacionadas con las funciones de Legra y González.

Jiménez fue designado conforme al Decreto Ejecutivo 13818 por haber actuado o procurado actuar en representación, directa o indirecta, del MININT, una entidad cuyos bienes y participaciones en bienes se encuentran bloqueados conforme al Decreto Ejecutivo 13818. El MININT fue designado previamente por la OFAC conforme al Decreto Ejecutivo 13818 el 15 de enero de 2021 por ser responsable o cómplice, o partícipe directo o indirecto, en graves violaciones de derechos humanos.

CONSECUENCIAS DE LAS SANCIONES

Todos los bienes y participaciones en bienes de estas personas que se encuentran bloqueados conforme a las CACR siguen estando bloqueados. Las CACR prohíben que personas sujetas a la jurisdicción estadounidense realicen transacciones con bienes en los cuales tengan participación Cuba o algún ciudadano cubano, a menos que se encuentre autorizado o alcanzado por alguna exención. Asimismo, conforme a las Reglamentaciones sobre Sanciones Magnitsky Global, disposición 31 C.F.R. parte 583, quedan bloqueados todos los bienes y participaciones en bienes de las personas anteriores que se encuentren en Estados Unidos o que estén en poder o bajo el control de personas estadounidenses, y se prohíben todas las transacciones de personas estadounidenses o que se realicen dentro de Estados Unidos (o que transiten por ese territorio) que involucren bienes o participaciones en bienes de personas designadas o alcanzadas por otras medidas de bloqueo, a menos que se encuentren autorizadas por una licencia general o específica emitida por la OFAC, o que tengan algún otro tipo de dispensa. Estas prohibiciones incluyen realizar cualquier contribución o aporte de fondos, bienes o servicios por, para o en beneficio de cualquier persona alcanzada por un bloqueo, o recibir cualquier contribución o aporte de fondos, bienes o servicios de tal persona.

Ver más información sobre las personas designadas hoy.


Para ver el texto original ir a: https://home.treasury.gov/news/press-releases/jy0327

Esta traducción se proporciona como una cortesía y únicamente debe considerarse fidedigna la fuente original en inglés.

U.S. Department of State

The Lessons of 1989: Freedom and Our Future